Los requisitos para la reinscripción al siguiente curso son:
No adeudar más de tres asignaturas o determinado número de módulos según corresponda a cada programa educativo; Seguir la seriación establecida en el plan de estudios que estén cursando; Que no rebase el plazo máximo establecido para concluir suplan de estudios previsto en el Capítulo Tercero del presente Reglamento, y Que no se encuentre en los supuestos previstos en el artículo 61, fracciones III, IV o V.
Se podrá cursar la carga académica máxima cuando haya cursado y acreditado, de forma regular, el total delas asignaturas o módulosde los semestres anteriores, y que las asignaturas o módulos estén disponibles para suregistro en la plataforma electrónica.
Artículo 24.
Las evidencias de aprendizaje deberán ser inéditas y de la autoría de los estudiantes, a través de los instrumentos de evaluación clasificados en evidencias de conocimiento, desempeño y producto. Artículo 29.
Los estudiantes tendrán dos oportunidades para cursar cada asignatura o módulo, la primera se considerará ordinaria y la segunda, recursamiento. Artículo 32.
El estudiante causará baja en cualquiera de las asignaturas o módulos en los que se haya inscrito, cuando no exista evidencia de actividades académicas tales como entrega de tareas, participación en foros, archivos enviados, participación en actividades colaborativas, entre otras, realizadas en la plataforma electrónica durante un periodo de veintiún días naturales consecutivos, contados a partir del inicio del bloque, por lo que en su historial académico se registrará con NP (no presentó) la o las asignaturas o módulos en los que haya causado baja. Esta disposición aplicará una sola vez por asignatura o módulo del mapa curricular. Artículo 40.
Los estudiantes deberán cubrir la totalidad del plan de estudios en un plazo que no excederá del 100% adicional al tiempo previsto, contado a partir de su inscripción. Artículo 45.
Son causas de responsabilidad de los estudiantes: Faltar o incumplir con cualquiera de las obligaciones que consagra el artículo anterior; Realizar las actividades académicas a través de otra persona o mediante la presentación de materiales que no son de su autoría; Comprar y/o vender materiales, contenidos, métodos y software educativos, cuyos derechos pertenezcan a la Universidad; Sustraer o usar indebidamente materiales, contenidos,métodos y software educativos, sin la autorización expresa del titular de los derechos; Hacer uso indebido de la matrícula y clave de acceso a la plataforma electrónica, o proporcionarlas a un tercero para cualquier fin; Realizar o intentar realizar intromisiones a la plataforma electrónica en perjuicio de la Universidad y de su comunidad; Ocasionar daños a la infraestructura física y/o tecnológica de cualquiera de las instalaciones de la Universidad; Provocar y promover actitudes que alteren el orden y la organización académica e institucional; Hacer proselitismo político o religioso a través de la plataforma electrónica, correo electrónico y conversaciones vía sistemas de mensajes inmediatos, en los Centros Universitarios de Educación a Distancia, o cualquier otra instalación de la Universidad; Realizar o promover cualquier acto de comercio con bienes y servicios de la Universidad así como de los contenidos de las asignaturas o módulos y sus actividades; Faltar al respeto,incurrir en alguna conducta tipificada como delito o atentar contra los derechos humanos de los estudiantes, personal académico y administrativo de la Universidad o responsables de los Centros Universitarios de Educación a Distancia, ya sea de manera presencial, a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos o conversaciones por medio de sistemas de mensajes instantáneos u otros medios electrónicos; Ocasionar daños a la infraestructura física y tecnológica delos Centros Universitarios de Educación a Distancia; Infringir la normatividad de los Centros Universitarios de Educación a Distancia; Las demás establecidas en la normatividad aplicable interna. Artículo 59.
¿Qué apartado hace referencia a la propiedad intelectual de otras personas?
El segundo apartado, HONESTIDAD.
¿Cuál es el título del apartado?
HONESTIDAD
¿Según el Código de ética, qué se debe hacer para respetar la propiedad intelectual de otras personas?
otorgando reconocimiento alas obras creadas por otros, evitando realizar acciones contrarias a los principios éticos que deben prevalecer entre los estudiantes de la Universidad.
Comentarios
Publicar un comentario